Este artículo se actualizó el 19 de agosto de 2026 para incorporar la aprobación por el Consejo de Ministros federal, el 18 de julio de 2026, del anteproyecto de ley (avant-projet de loi) para el e-reporting obligatorio casi en tiempo real a partir del 1 de enero de 2028, el inicio de la transposición de ViDA al derecho nacional belga el 22 de mayo de 2026, y las sanciones administrativas activas tras el fin del período de transición inicial.
Introducción y estrategia fiscal digital
La transición de Bélgica hacia la facturación electrónica estructurada obligatoria representa una transformación fundamental de la administración financiera empresarial. El Servicio Público Federal de Finanzas (SPF Finances / FOD Financiën) diseñó la reforma para modernizar la administración tributaria, cerrar la brecha del IVAnacional, y eliminar las ineficiencias administrativas en las empresas privadas.
Un estudio de 2012 de la Universidad de Hasselt, encargado por la Agencia de Simplificación Administrativa de Bélgica (ASA), cuyas misiones de simplificación administrativa se integraron en el Servicio Público Federal de Estrategia y Apoyo (BOSA) en 2022, estimó que el coste medio de una factura B2B en papel era de aproximadamente 12,08 €, mientras que la facturación electrónica podría reducir este coste hasta en 9 € por factura. Aplicado a los aproximadamente mil millones de facturas que se estima se intercambian anualmente en Bélgica, la automatización completa del procesamiento de facturas podría generar unas ganancias de eficiencia potenciales anuales de aproximadamente 3.500 millones de €.
La estimación refleja el ahorro a lo largo de todo el ciclo de vida de la factura, incluidas la preparación, la transmisión, la recepción y el procesamiento. Estos ahorros estructurales se derivan de la reducción de los gastos de impresión y envío postal, la minimización de la introducción manual de datos y la conciliación de errores, la reducción de los costes de archivo y la aceleración de los ciclos de liquidación de pagos.
En lugar de implementar un sistema de compensación centralizado en el que cada transacción requiere la aprobación previa en tiempo real de la administración tributaria, Bélgica optó por un modelo de transacción continua descentralizado. Al integrar el intercambio de facturas directamente en la red internacional Peppol, la estrategia belga evita los riesgos de punto único de fallo y los cuellos de botella sistémicos de la plataforma, estableciendo una infraestructura resiliente para el futuro cumplimiento fiscal digital.
Evolución histórica y contexto de la UE/global
La estrategia fiscal digital de Bélgica se desarrolló a lo largo de distintas fases legislativas que abarcan la contratación pública y las obligaciones del sector privado:
2017–2021: La adopción temprana comenzó en el sector público regional. El Gobierno regional flamenco hizo obligatoria la facturación electrónica para sus proveedores en 2017, seguido de la Región de Bruselas-Capital en noviembre de 2020, y Valonia promovió la facturación electrónica como método preferido para las transacciones B2G desde enero de 2022.
2022–2024: Bélgica completó la implantación gradual de la facturación electrónica Business-to-Government (B2G) obligatoria en virtud de la Ley de 7 de abril de 2019, que transpuso la Directiva 2014/55/UE, y el Real Decreto de 9 de marzo de 2022. La obligación federal se introdujo por etapas según el valor del contrato, extendiéndose desde los contratos de mayor importe en noviembre de 2022 hasta los contratos inferiores a 30.000 € en 2023 y, en general, a los contratos públicos de 3.000 € o más a partir del 1 de marzo de 2024. Las entidades adjudicadoras podían aplicar requisitos más estrictos, y las autoridades federales estaban obligadas a imponer la facturación electrónica por debajo del umbral de 3.000 €.
Octubre de 2023: Bélgica solicitó formalmente una excepción a los artículos 218 y 232 de la Directiva 2006/112/CE de la UE para introducir la facturación electrónica B2B obligatoria sin necesidad de la aceptación previa del destinatario, antes del consenso más amplio a nivel de la UE.
Febrero de 2024: El Parlamento belga adoptó la Ley de 6 de febrero de 2024, que establece la facturación electrónica estructurada obligatoria para la mayoría de las transacciones B2B nacionales a partir del 1 de enero de 2026. Inicialmente condicionada a la obtención de la excepción solicitada a la UE, la obligación pasó a contar posteriormente con el respaldo de la Directiva ViDAdel Consejo, que modificó los artículos 218 y 232 con efecto a partir del 14 de abril de 2025 y eliminó la necesidad de excepciones individuales por parte de los Estados miembros.
Mayo de 2026: El Consejo de Ministros inició formalmente la transposición nacional del paquete de la UE IVA en la era digital (ViDA) (Directiva (UE) 2025/516).
Julio de 2026: El Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley (avant-projet de loi) que introduce el e-reporting B2B nacional para 2028, sujeto a la finalización del proceso legislativo. La propuesta representa la siguiente etapa de la estrategia de IVA digital de Bélgica, pero aún no es ley vinculante.
El modelo belga se alinea con las directivas europeas más amplias sobre comercio digital y sirve como elemento fundacional para los próximos Requisitos de Información Digital (DRR) de ViDA en toda la Unión Europea.
Cronología completa de cumplimiento normativo
Fecha | Hito legislativo/operativo | Alcance y autoridad |
1 de noviembre de 2022 | Facturación electrónica B2G obligatoria para contratos públicos > 215.000 € | Contratación pública / Real Decreto de 9 de marzo de 2022 |
1 de mayo de 2023 | Umbral de facturación electrónica B2G reducido a contratos públicos > 30.000 € | Contratación pública / SPF BOSA |
1 de marzo de 2024 | Facturación electrónica B2G obligatoria para todos los contratos públicos > 3.000 € | Todas las administraciones públicas belgas |
1 de enero de 2025 | Entra en vigor la deducción fiscal incrementada del 120 % para las inversiones en facturación electrónica estructurada durante los períodos impositivos 2024-2027 | Artículo 64ter CIR 92 (períodos impositivos 2024-2027) |
1 de enero de 2026 | Entra en vigor la facturación electrónica estructurada B2B nacional obligatoria | Ley de 6 de febrero de 2024 / Todas las entidades belgas sujetas a IVA |
1 de abril de 2026 | Finaliza el período inicial de tolerancia administrativa del primer trimestre de 2026; comienza la aplicación formal | SPF Finanzas (SPF Finances) |
22 de mayo de 2026 | Comienza la transposición formal de la Directiva ViDA de la UE al derecho belga | Consejo de Ministros / Directiva (UE) 2025/516 |
18 de julio de 2026 | Aprobación por el Consejo de Ministros del anteproyecto de ley (avant-projet de loi) para el e-reporting B2B | Consejo de Ministros federal belga |
1 de enero de 2027 | Entran en vigor las disposiciones del artículo 2 de ViDA (devengo armonizado del IVA, ampliaciones específicas del ámbito B2C para energía y determinados servicios, y aclaraciones sobre las normas de existencias transfronterizas) | Transposición nacional de ViDA |
1 de enero de 2028 | Fecha propuesta de entrada en vigor del e-reporting B2B nacional obligatorio casi en tiempo real, sujeta a la aprobación del proyecto de ley | Régimen belga de e-reporting propuesto |
1 de julio de 2028 | Entran en vigor las disposiciones de ViDA: ampliación completa del ámbito B2C de la OSS, introducción del Régimen Especial de Transferencia de Bienes Propios, inicio de la eliminación gradual del régimen de existencias de reserva (call-off stock), e inversión del sujeto pasivo B2B obligatoria para proveedores no establecidos | Transposición nacional de ViDA |
1 de julio de 2029 | Entran en vigor las disposiciones del artículo 4 de ViDA (abolición total del régimen tradicional de existencias de reserva tras su eliminación gradual) | Transposición nacional de ViDA |
1 de enero de 2030 | Son aplicables las principales disposiciones de ViDA sobre información digital y facturación electrónica intracomunitaria, sujetas a las normas transitorias detalladas de la directiva. | Directiva (UE) 2025/516 |
Marco legal
El fundamento jurídico de la facturación electrónica y el cumplimiento fiscal digital en Bélgica se establece mediante las siguientes leyes y decretos promulgados:
Ley de 7 de abril de 2019: Transpone la Directiva 2014/55/UE a la legislación nacional de contratación pública.
Real Decreto de 9 de marzo de 2022: Establece las obligaciones técnicas y operativas de los proveedores de organismos del sector público en el marco de los contratos de contratación pública y concesión.
Ley de 6 de febrero de 2024 por la que se modifica el Código del Impuesto sobre el Valor Añadido (publicada en el Moniteur Belge el 20 de febrero de 2024): Modifica el artículo 53 del Código del IVA belga, sustituyendo el requisito de aceptación por parte del comprador por una obligación imperativa para todas las entidades registradas a efectos del IVA de emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas para las transacciones B2B nacionales.
Artículo 64ter del Código del Impuesto sobre la Renta de 1992 (CIR 92): Modificado por la Ley de 6 de febrero de 2024 para introducir una deducción fiscal incrementada del 120 % para los gastos incurridos en la adopción de software de facturación electrónica compatible con Peppol y servicios de consultoría relacionados.
Avant-projet de loi (anteproyecto de ley aprobado el 18 de julio de 2026): Establece el marco legal para el e-reporting B2B nacional obligatorio casi en tiempo real y suprime el listado anual de clientes (clientenlisting) para los contribuyentes afectados a partir de 2028.
Autoridades
El cumplimiento fiscal digital y la facturación electrónica en Bélgica implican tres funciones institucionales principales:
Gobierno federal belga y Parlamento: Responsable de adoptar la legislación que establece el alcance, los plazos y los requisitos legales para la facturación electrónica B2G y B2B. Una vez adoptadas, estas normas son administradas principalmente por el FPS Finance y cuentan con el apoyo técnico del BOSA.
FPS Finance (SPF Finances / FOD Financiën): La administración tributaria nacional responsable de la política del IVA, su aplicación, las inspecciones fiscales y la definición legal de las facturas electrónicas estructuradas.
FPS Policy and Support (SPF BOSA / FOD BOSA): La autoridad digital responsable de la infraestructura técnica y digital que da soporte a la facturación electrónica del sector público, y que opera el centro de facturas del sector público (Mercurius) hasta diciembre de 2026, tras lo cual está previsto que la plataforma se retire y se transicione a un nuevo marco.
Autoridad Peppol belga: No se trata de un organismo gubernamental independiente, sino de una función desempeñada por el FPS BOSA desde marzo de 2016. Gestiona las acreditaciones de los Peppol Access Point, hace cumplir las especificaciones de la red y supervisa las normas nacionales de interoperabilidad.
Alcance de la obligación
La obligación belga de facturación electrónica estructurada viene determinada por el establecimiento a efectos del IVA belga de las partes, la naturaleza y el lugar de la operación, y si esta está sujeta a impuestos o exenta:
Operaciones incluidas en el alcance
Operaciones B2B nacionales: Entregas de bienes y prestaciones de servicios sujetas a impuestos realizadas en Bélgica entre sujetos pasivos del IVA, o cuando el proveedor y el cliente cuentan de otro modo con el establecimiento belga pertinente.
Entidades establecidas en Bélgica: Entidades constituidas en Bélgica, establecimientos permanentes belgas de entidades extranjeras (si el establecimiento interviene en la entrega), miembros de un grupo de IVA belga y entidades sujetas al régimen especial de IVA agrícola, al menos a efectos de recepción.
Obligación de recibir: Todas las entidades registradas a efectos del IVA belga deben poder recibir facturas electrónicas estructuradas, incluso cuando ellas mismas no emitan facturas B2B. No obstante, las entidades que realizan exclusivamente actividades exentas de IVA en virtud del artículo 44 quedan generalmente fuera tanto de la obligación de emisión como de la de recepción.
Operaciones fuera del alcance
Entidades no establecidas: Las empresas extranjeras que solo disponen de un registro directo de IVA en Bélgica, sin establecimiento permanente, quedan generalmente exentas del alcance obligatorio de emisión y recepción de la obligación nacional de facturación electrónica B2B.
Operaciones exentas: Operaciones sanitarias, educativas, financieras y otras exentas de IVA en virtud del artículo 44 del Código del IVA belga. No obstante, cabe señalar que las empresas con actividades tanto sujetas a impuestos como exentas en virtud del artículo 44 pueden seguir estando dentro del alcance en lo relativo a sus operaciones B2B sujetas a impuestos.
Operaciones transfronterizas: Muchas entregas intracomunitarias, exportaciones y servicios B2B transfronterizos quedan fuera de la obligación nacional (hasta que las futuras normas de la UE sobre ViDA introduzcan obligaciones más amplias de facturación electrónica y de información digital transfronterizas). No obstante, las operaciones transfronterizas que impliquen establecimientos fijos belgas, o las operaciones tratadas como nacionales a efectos del IVA belga, requieren un análisis independiente.
Empresa a consumidor (B2C): Las ventas a particulares quedan fuera de la obligación.
Entidades en quiebra: Las empresas declaradas en quiebra quedan generalmente excluidas de la obligación de emitir facturas electrónicas estructuradas para las operaciones realizadas después de la declaración de quiebra, sujeto a las condiciones legales precisas y al papel de la administración concursal.
Distinción importante para el cumplimiento normativo
Estar exento de la obligación de emitir facturas electrónicas estructuradas no implica automáticamente estar exento de la obligación de recibirlas. Esta distinción resulta especialmente relevante para las pequeñas empresas, las empresas centradas en B2C y las empresas con una actividad sujeta a impuestos limitada, todas las cuales deben mantener igualmente la capacidad técnica de recibir facturas estructuradas de sus proveedores, aunque no emitan facturas por sus propias entregas.
Requisitos de facturación electrónica
La legislación belga exige el intercambio estructurado de datos de las operaciones de máquina a máquina.
Formatos y estándares técnicos
El formato belga predeterminado es Peppol BIS Billing 3.0, basado en Universal Business Language (UBL 2.1 XML) y alineado con el estándar semántico europeo EN 16931. Las empresas deben utilizar el perfil Peppol, salvo que hayan acordado con su socio comercial otro sistema conforme alternativo.
Formatos no estructurados y archivos híbridos
Archivos PDF: Los archivos PDF independientes enviados por correo electrónico no cumplen los requisitos legales belgas para las operaciones B2B nacionales.
Facturas híbridas: Los archivos que combinan un diseño PDF legible por humanos con un XML estructurado incrustado (por ejemplo, Factur-X / ZUGFeRD) pueden utilizarse cuando el XML subyacente cumple los requisitos aplicables de la norma EN 16931 y las partes acuerdan usar ese formato. En este caso, los datos estructurados son el componente jurídicamente relevante para el procesamiento automatizado.
Canales de transmisión
Peppol es el canal predeterminado y generalmente esperado para intercambiar facturas electrónicas B2B nacionales belgas. Las empresas normalmente envían y reciben facturas a través de Peppol Access Points, certificados, que proporcionan enrutamiento, identificación de los participantes y validación técnica.
No obstante, en el marco del establecido sistema de doble vía, la normativa belga permite un canal alternativo, como un sistema EDI existente u otro acuerdo directo de sistema a sistema, siempre que ambas partes lo acuerden y la factura siga siendo estructurada, legible por máquina y conforme con los requisitos aplicables de la norma EN 16931.
El simple envío de un PDF por correo electrónico, o el envío manual de un archivo XML por correo electrónico sin un proceso de sistema a sistema debidamente acordado, no cumple con la obligación.
Normas de archivo
Los contribuyentes deben conservar la factura electrónica estructurada original y los datos justificativos pertinentes en su forma original durante el período legal de conservación aplicable, generalmente 10 años según la normativa belga de IVA y contabilidad. Los sistemas de almacenamiento de archivo deben preservar la autenticidad del origen, la integridad del contenido y la legibilidad continua durante todo el período de conservación. En el caso de una factura UBL, esto implica conservar el XML original; en el caso de una factura híbrida conforme, deben conservarse el archivo híbrido original y sus datos estructurados incrustados.
Requisitos de información electrónica
Bélgica está preparando una segunda fase de su estrategia digital de IVA. Aunque el intercambio estructurado de facturas B2B ya es obligatorio, el gobierno federal ha propuesto añadir la comunicación en tiempo casi real de determinados datos de las facturas a la administración tributaria belga.
El 18 de julio de 2026, el Consejo de Ministros belga aprobó un anteproyecto de ley (avant-projet de loi) que introduciría esta obligación a partir del 1 de enero de 2028. La propuesta todavía debe superar el resto del proceso legislativo, y los datos de información detallados, las especificaciones técnicas y las disposiciones operativas aún pueden cambiar.
Flujo de información propuesto:
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Parámetros clave propuestos para la información electrónica
Alcance: Operaciones B2B nacionales ya cubiertas por la obligación de facturación electrónica.
Mecanismo de comunicación: Comunicación bilateral en la que tanto los proveedores como los compradores transmitirían los datos clave de las facturas a la administración tributaria federal, el FPS Finance.
Canal de transmisión: Integrado en la infraestructura Peppol mediante un marco de Control Continuo de Transacciones (CTC) de 5 esquinas. Este enfoque bilateral tiene por objeto respaldar la conciliación automatizada de los datos de ventas y compras.
Calendario: La comunicación se realizaría por vía electrónica en tiempo casi real, poco después de la operación correspondiente. El calendario definitivo y los campos de datos siguen sujetos a la legislación y a las normas de desarrollo.
Modelo técnico: La propuesta se basaría en la infraestructura Peppol existente en Bélgica y evolucionaría el actual modelo de intercambio de cuatro esquinas hacia un marco de Controles Continuos de Transacciones de cinco esquinas, en el que la administración tributaria se incorporaría como participante.
Beneficio de simplificación: En el marco del nuevo modelo de información electrónica propuesto, el sistema de comunicación en tiempo casi real sustituiría al antiguo listado anual de clientes (clientenlisting) para todos los contribuyentes participantes.
Arquitectura técnica
El modelo de facturación electrónica de Bélgica utiliza una arquitectura Peppol descentralizada de 4 esquinas, que se espera que evolucione hacia un modelo CTC de 5 esquinas para la notificación electrónica de 2028.
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El marco de doble vía
Para equilibrar la estandarización con la flexibilidad operativa, la legislación belga establece dos vías de intercambio:
Vía 1 (por defecto): La red Peppol de 4 esquinas que utiliza Peppol BIS Billing 3.0. Conectarse una vez a un certificado Peppol Access Point concede accesibilidad automática a todos los demás participantes conectados sin necesidad de acuerdos bilaterales individuales.
Vía 2 (exclusión voluntaria): Los socios comerciales pueden acordar explícitamente el uso de formatos o redes estructurados alternativos (p. ej., EDI sobre AS2), siempre que el formato respete estrictamente la norma europea EN 16931.
La antigua plataforma Hermes
Antes de su retirada, la plataforma Hermes de Bélgica funcionaba como una solución transitoria de reserva y mecanismo técnico de seguridad. Si un emisor intentaba enviar una factura electrónica estructurada a través de Peppol a un comprador que aún no era localizable en la red, HERMES actuaba como puerta de enlace predeterminada, convirtiendo el documento estructurado en un formato accesible y notificando al destinatario, garantizando así que el emisor cumpliera con su obligación legal.
HERMES dejó de utilizarse para el envío y la recepción de documentos el 31 de diciembre de 2025, antes de la entrada en vigor de la obligación nacional de facturación electrónica B2B. Los usuarios pudieron acceder a los documentos intercambiados anteriormente en modo consulta hasta el 31 de marzo de 2026. Las empresas ya no pueden depender de HERMES y deben utilizar un Peppol Access Point u otro mecanismo de intercambio conforme.
Incentivos fiscales y apoyo financiero
Para facilitar la transición de la facturación manual a los procesos electrónicos estructurados y compensar los costes iniciales de adopción, el Gobierno belga introdujo un incentivo financiero específico.
En virtud del artículo 64ter del Código del Impuesto sobre la Renta de 1992 (CIR 92), las empresas que realicen inversiones digitales en paquetes de software de facturación electrónica estructurada conformes con Peppol pueden optar a una deducción fiscal incrementada del 120 %. Esta deducción ampliada también cubre los costes de implementación y consultoría asociados al cumplimiento de las obligaciones del mandato B2B. El incentivo se aplica a los períodos impositivos de 2024 a 2027, lo que ayuda a las organizaciones a compensar sus gastos iniciales y acelerar su transformación digital.
Este enfoque de apoyo es innovador, pero en absoluto único a nivel mundial. Si bien la facturación electrónica genera importantes eficiencias a largo plazo, las empresas suelen percibir la nueva normativa principalmente como una carga de cumplimiento en lugar de como una mejora operativa. Al introducir incentivos financieros específicos, algunos gobiernos ayudan a las empresas a obtener los beneficios de la facturación electrónica mucho más rápido. Por ejemplo, el Gobierno de Singapur introdujo un enfoque proactivo similar para fomentar la adopción de la facturación electrónica en 2022.
Sanciones
Tras la finalización del período inicial de gracia administrativa de tres meses el 31 de marzo de 2026, el SPF Finanzas puede imponer multas administrativas graduales por no disponer de los medios técnicos necesarios para emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas cuando sea de aplicación la obligación:
Primera infracción: €1,500
Segunda infracción: €3,000
Tercera infracción y siguientes: 5.000 € por infracción.
Las multas no se calculan automáticamente por cada factura no conforme; se refieren a la infracción constatada. Por lo general, una infracción se considera posterior solo si se constata más de tres meses después de la anterior, lo que pretende dar a las empresas tiempo suficiente para cumplir con los requisitos. Las sanciones de IVA existentes también pueden seguir siendo aplicables a otras infracciones de facturación o fiscales subyacentes.
El incumplimiento de los requisitos de recepción o archivo puede generar exposición a auditorías y dificultar la justificación de la recuperación del IVA soportado, especialmente cuando no se puede presentar la factura estructurada original o la documentación justificativa.
Cómo pueden prepararse las empresas
La obligación belga de facturación electrónica estructurada B2B está en vigor desde el 1 de enero de 2026, pero el cumplimiento sigue siendo una responsabilidad continua. Las empresas deben reevaluar su alcance cuando cambien su situación de IVA, sus establecimientos, sus actividades o la estructura del grupo, y también deben prepararse para el régimen de notificación electrónica propuesto.
Revisar el alcance: Confirmar si los establecimientos belgas, los grupos de IVA, las actividades mixtas sujetas/exentas o los cambios en las operaciones empresariales afectan a sus obligaciones.
Depurar y mantener los datos maestros: Verificar los números de IVA de los clientes, los números de empresa (KBO / BCE), las razones sociales y los identificadores Peppol. El identificador belga estándar utiliza generalmente el código de esquema 0208 seguido del número de empresa belga (p. ej., 0208:0123456789) o el código de esquema 9925 seguido del número de IVA.
Comprobar la conectividad Peppol: Colaborar con un proveedor de Peppol Access Point acreditado para garantizar la validación y entrega automatizadas de las facturas. Si se utiliza un nuevo proveedor, probar el envío, la recepción, las notas de crédito, las correcciones y la gestión de rechazos.
Eliminar los procesos basados en PDF: Actualizar el software de cuentas por pagar (AP) y cuentas por cobrar (AR) para procesar archivos de factura estructurados nativos y conservar el XML original.
Implementar controles: Validar las facturas antes de su transmisión, supervisar los estados de entrega y rechazo, y conciliar los registros del ERP con los registros del Access Point.
Revisar el archivo: Conservar las facturas estructuradas originales, la documentación justificativa y los registros de auditoría durante el período de conservación aplicable.
Prepararse para la notificación electrónica: Realizar un seguimiento del régimen propuesto para 2028 y evaluar si sus sistemas pueden admitir la notificación adicional a nivel de transacción.
Aprovechar los incentivos fiscales: Comprobar la elegibilidad para la deducción fiscal temporal incrementada del 120 % en virtud del artículo 64ter del CIR 92 para el software de facturación electrónica y los gastos de consultoría de implementación que cumplan los requisitos, incurridos hasta el período impositivo 2027.
Conclusión
La transición de Bélgica hacia la facturación electrónica B2B obligatoria ha consolidado el intercambio de datos XML estructurados a través de Peppol como estándar operativo en todo el país. Se ha mantenido la estabilidad técnica en toda la red distribuida, lo que traslada el foco hacia el registro completo en Peppol, la exactitud de los datos maestros y la integración automatizada de los flujos de trabajo.
Con la transposición de ViDA activa y la notificación electrónica obligatoria casi en tiempo real prevista para el 1 de enero de 2028, las entidades belgas deben ir más allá del cumplimiento mínimo. Las organizaciones que integren la validación de datos estructurados en sus sistemas contables reducirán el riesgo de sanciones al tiempo que obtienen ganancias de eficiencia en sus operaciones financieras.
Preguntas frecuentes
No. Desde el 1 de enero de 2026, los archivos PDF independientes enviados por correo electrónico no cumplen los requisitos legales belgas para las transacciones B2B nacionales entre entidades establecidas.
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