Este artículo se actualizó por última vez el 15 de julio de 2026 para reflejar la publicación del acta de la Comisión Europea de la reunión conjunta de junio de 2026 del Grupo sobre el Futuro del IVA (GFV) y el Grupo de Expertos en IVA (VEG).
La Unión Europea alcanzó un hito importante en la digitalización de su sistema fiscal con la adopción de las reformas IVA en la era digital (ViDA). Tras la aprobación del Parlamento Europeo en febrero de 2025 y un acuerdo previo del Consejo ECOFIN en noviembre de 2024, el Consejo de la Unión Europea adoptó oficialmente las medidas legislativas de ViDA, articuladas en 3 pilares, el 11 de marzo de 2025. Estas reformas se publicaron en el Diario Oficial (DOUE) el 25 de marzo de 2025 y entraron en vigor el 14 de abril de 2025, marcando un momento clave en la modernización de la fiscalidad de la UE y sentando las bases para la finalización de los calendarios de implementación y las normas detalladas. La Comisión Europea aclaró aún más este despliegue publicando su Programa de Trabajo 2026 en mayo de 2026, que describe el calendario escalonado de implementación.
Evolución de la propuesta ViDA y sus enmiendas
El paquete ViDA, enmendado por la Comisión Europea, fue un punto clave de la agenda del Consejo ECOFIN durante dos años, con varios elementos sujetos a extensas negociaciones. Uno de los componentes más controvertidos fue el régimen de "proveedor considerado" dentro del pilar de la "Economía de Plataformas". Tras muchas deliberaciones, se ha alcanzado un amplio compromiso, con actualizaciones del calendario de despliegue y la aclaración de secciones específicas. Con el compromiso de los países que ostentaban la Presidencia de la UE, el paquete se finalizó y adoptó esta primavera.
Desde su anuncio el 8 de diciembre de 2022, ViDA ha sido objeto de negociaciones activas entre los Estados miembros de la UE. La aprobación decisiva del Parlamento Europeo en febrero de 2025, tras el acuerdo del ECOFIN, y la posterior adopción por parte del Consejo de la Unión Europea el 11 de marzo de 2025, marcan pasos significativos hacia un consenso en evolución sobre la optimización de la comunicación digital del IVA en toda la UE.
Avances en la implementación de ViDA y notas explicativas
Tras la adopción formal del paquete ViDA, la Comisión Europea continúa trabajando en las directrices detalladas de implementación. El 8 de julio de 2026, la Comisión publicó el acta de una reunión conjunta del Grupo sobre el Futuro del IVA (GFV) y el Grupo de Expertos en IVA (VEG), celebrada el 25 de junio de 2026.
El debate se centró principalmente en la preparación de la siguiente fase de implementación de ViDA y en el desarrollo de notas explicativas, que actualmente se están redactando con fecha de publicación prevista en 2027. Las áreas de interés clave incluyen:
Redacción de notas explicativas: Se avanzó en el segundo borrador relativo a la Economía de Plataformas y en el tercer borrador sobre los Requisitos de Comunicación Digital (DRR). Se invitó a las partes interesadas a enviar comentarios por escrito antes del 31 de julio de 2026.
Aunque el marco legislativo ya está definido, el enfoque del GFV y el VEG se ha desplazado hacia los aspectos prácticos de la implementación. Una de las principales preocupaciones expresadas por las partes interesadas es garantizar la interoperabilidad entre los Estados miembros, especialmente porque cada país desarrolla sus propios procesos nacionales únicos para la captura y contabilización de la comunicación electrónica. Existe un consenso creciente entre las empresas de que, sin una coordinación suficiente, los Estados miembros podrían implementar la misma legislación de ViDA de formas distintas, generando obstáculos de cumplimiento complejos para el comercio transfronterizo. En consecuencia, las empresas instan a la Comisión a publicar «mejores prácticas de implementación» e implicar a los proveedores de software y otras partes interesadas desde el principio en los programas de despliegue nacionales.
Cuestiones operativas sin resolver: mientras la Comisión trabaja para finalizar las notas explicativas, las empresas buscan mayor claridad sobre varias cuestiones operativas que siguen abiertas. Las áreas clave que requieren orientación incluyen:
Grupos de IVA: requisitos de comunicación para grupos que utilizan un único número de IVA.
Facturas rectificativas: tratamiento estandarizado de correcciones y modificaciones.
Distinciones de proceso: claridad sobre las distinciones específicas entre la emisión, transmisión y recepción de facturas.
Comunicación de datos: tratamiento de los tipos de IVA, los importes de IVA y las facturas que contienen varias divisas.
Definiciones técnicas: definición del significado de comunicación «en tiempo real».
Estructuras híbridas: requisitos de cumplimiento para facturas híbridas, anexos y ampliaciones, manteniendo la alineación con las normas europeas.
Estudios en curso: La Comisión presentó los resultados de estudios externos, entre ellos un «Estudio sobre la fiscalidad del sector financiero» y un «Estudio sobre los retos del IVA más allá de ViDA». Estos estudios exploran consideraciones de política como la modernización de las normas del IVA, la reducción del IVA no deducible y una mayor digitalización, aspectos que orientarán las futuras deliberaciones de la Comisión sobre un marco fiscal coherente.
Aunque no se introdujo nueva legislación en la reunión de junio, el acta contiene información valiosa sobre la estrategia de implementación de la Comisión. La próxima reunión conjunta del GFV/VEG está prevista para el 19 de noviembre de 2026, en la que se finalizarán las próximas notas explicativas.
Por qué es necesario ViDA: hacer frente a la persistente brecha del IVA en Europa
La brecha del IVA, definida como la diferencia entre el IVA adeudado y el recaudado, sigue siendo un problema significativo. En su último análisis, el informe sobre la brecha del IVA 2025 de la Comisión Europea (con datos de 2023) muestra que la brecha de cumplimiento del IVA estimada en la Unión Europea ascendió a aproximadamente 128.000 millones de euros, lo que corresponde a una pérdida del 9,5 % del total de la deuda tributaria por IVA. Esta cifra representa un aumento notable en comparación con la brecha de 89.000 millones de euros en 2022 (7 %), lo que indica una reversión de la tendencia descendente positiva observada en años anteriores, incluida la caída de 99.000 millones de euros en 2020 a 61.000 millones de euros en 2021.
Los retos de cumplimiento siguen siendo desiguales en toda la UE. El informe de 2025 identifica a Rumanía como el país con la mayor brecha de cumplimiento del IVA en términos relativos, con un 30,0 % estimado, seguido de Malta con aproximadamente un 24,2 %. En cambio, países con buenos resultados como Austria (con una brecha de aproximadamente el 1,0 %) y Finlandia (alrededor del 3,0 %) demuestran el potencial de una alta eficiencia en la recaudación.
Aunque ediciones anteriores del informe destacaban el buen desempeño de Italia, incluida una reducción de 10,7 puntos porcentuales en su brecha de cumplimiento del IVA desde 2020, el análisis de 2025 pone mayor énfasis en los Estados miembros con las mayores brechas relativas, ofreciendo una perspectiva actualizada de dónde persisten los retos de cumplimiento más urgentes.
Para un desglose completo, consulte el informe sobre la brecha del IVA en la UE 2025.
Estas pérdidas tienen graves consecuencias. El IVA representa alrededor del 27 % de los ingresos fiscales anuales totales de la UE, por lo que cualquier déficit afecta significativamente a los presupuestos nacionales y a la capacidad de financiar los servicios públicos.
ViDA pretende reducir aún más esta brecha mejorando el cumplimiento y la eficiencia en la comunicación del IVA. Respalda la creciente tendencia hacia la facturación y comunicación electrónica obligatorias, herramientas fundamentales contra el fraude del IVA. Con países como Italia, Serbia, Rumanía, Polonia, Letonia, Alemania, Francia, España y Bélgica implementando o planeando la facturación electrónica entre empresas (B2B), ViDA creará un sistema más sólido y armonizado para abordar la brecha del IVA en toda la UE.
Componentes clave y calendario revisado
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Autonomía en la facturación electrónica nacional
Con la adopción de ViDA, los Estados miembros obtendrán la autonomía, bajo ciertas condiciones, para implementar regímenes de facturación electrónica en operaciones nacionales y para eximir del derecho de aceptación del comprador sin necesidad de una aprobación de excepción previa por parte de la Comisión Europea en virtud de la Directiva del IVA 2006/112/CE. Este cambio se aplicará a las operaciones nacionales entre empresas establecidas (excluyendo las entregas intracomunitarias).
Además, las empresas deberán estar preparadas para recibir facturas electrónicas cuando un Estado miembro introduzca un sistema nacional de facturación electrónica, ya que la emisión de facturas electrónicas dejará de estar sujeta al consentimiento del cliente.
Estas disposiciones entraron en vigor el 14 de abril de 2025, 20 días después de su publicación en el Diario Oficial, lo que también permite a los Estados miembros establecer sistemas de acreditación para proveedores de servicios externos que emiten facturas en nombre de los contribuyentes, y agiliza el proceso para que los Estados miembros digitalicen sus sistemas nacionales de facturación.
Facturación electrónica intracomunitaria obligatoria
A partir del 1 de julio de 2030, la facturación electrónica conforme a la norma europea de facturación electrónica (EN 16931) será obligatoria para las operaciones intracomunitarias. Es importante señalar que esta obligación es específica de las operaciones intracomunitarias; para otras operaciones, como las entregas nacionales, se podrán seguir utilizando otros formatos, incluida la factura en papel. Los formatos híbridos, como el ZUGFeRD alemán o su equivalente francés técnicamente idéntico, Factur-X, se consideran válidos si contienen la estructura de datos exigida.
El organismo europeo de normalización CEN ha aprobado la norma semántica actualizada EN 16931‑1:2026, adaptada específicamente a las operaciones B2B y a los requisitos de información digital. La nueva norma, EN 16931-1:2026, sustituye a las versiones anteriores e incluye nuevos campos para dar soporte a los Requisitos de Información Digital (véase la sección siguiente para más detalles). Fue publicada oficialmente por el CEN el 18 de marzo de 2026.
Una actualización clave también permitirá a los Estados miembros la flexibilidad de utilizar normas alternativas para las operaciones nacionales al establecer la obligatoriedad de la facturación electrónica, permitiendo así adaptarse a los sistemas propios de cada país sin entrar en conflicto con el marco de la UE.
Cabe destacar que la posesión de una factura electrónica para las operaciones que correspondan pasará a ser una condición sustantiva para la deducción o recuperación del IVA, un cambio respecto a las propuestas iniciales. En una solución de compromiso propuesta por Francia, los contribuyentes podrán recurrir a proveedores de servicios de facturación electrónica externos. A efectos legales, las facturas electrónicas sustituirán a las facturas en papel, salvo en circunstancias limitadas.
Para garantizar el cumplimiento normativo y la integridad de los datos, se incluyen requisitos técnicos o de validación básica para las facturas electrónicas, denominados «sistemas de acreditación», mediante los cuales las administraciones tributarias pueden comprobar las estructuras de datos a través de una plataforma.
Según la propuesta ViDA revisada, el plazo para emitir facturas intracomunitarias es de 10 días tras el devengo del impuesto, aunque sigue siendo más corto que la norma actual de 15 días. Todos los datos de los Requisitos de Información Digital deberán cumplir la norma EN 16931‑1:2026, que incluye campos como el IBAN, los datos de triangulación, las secuencias de facturas rectificativas y la información sobre el régimen de IVA. Una factura electrónica deberá emitirse en un plazo de 10 días desde la recepción del pago en el caso de pagos a cuenta, y de 5 días desde la entrega en el caso de la autofacturación. El objetivo es lograr un equilibrio entre la facilidad de cumplimiento y la disponibilidad oportuna de los datos. De nuevo, estos plazos específicos no se aplican a los sistemas de información de los Estados miembros para las entregas nacionales.
Además, se ha retirado la propuesta de prohibir el uso de facturas recapitulativas. En su lugar, podrán emitirse facturas recapitulativas si el IVA de la factura es exigible en el mismo mes, la factura recapitulativa se emite antes del día 10 del mes siguiente, y la operación no es sensible al fraude en un Estado miembro que haya optado por prohibir su uso. Además, cualquier Estado miembro que haya introducido un sistema nacional de información en tiempo real después del 1 de enero de 2024 deberá armonizarlo con la norma ViDA de la UE.
Principales novedades de la norma europea EN 16931-1:2026 para B2B
La norma semántica actualizada EN 16931-1:2026 introduce cambios clave para dar soporte a las operaciones B2B y a los Requisitos de Información Digital de ViDA. Entre ellos se incluyen:
Nuevos datos de factura: Disposiciones para añadir los datos del IBAN bancario, mencionar el uso de la simplificación por triangulación (cuando proceda) e incorporar la numeración secuencial de las facturas rectificativas.
Soporte para operaciones: Mejoras para facilitar los pedidos repetidos y múltiples, añadir descuentos por pronto pago o recargos por demora, y gestionar la información de divisas (FX).
Regímenes de IVA: Inclusión de una gama más amplia de entregas exentas y soporte para regímenes especiales nacionales de IVA (por ejemplo, el régimen de margen de beneficio).
Estas novedades se basan en revisiones preliminares anteriores y ahora se formalizan en la norma final EN 16931-1:2026 publicada por el CEN en marzo de 2026.
Requisito de Información Digital (DRR) B2B intracomunitario obligatorio
A partir del 1 de julio de 2030, todas las empresas deberán informar digitalmente a sus administraciones tributarias locales sobre determinadas operaciones B2B intracomunitarias. Este Requisito de Información Digital (DRR) se aplica a los proveedores y sus clientes en relación con los datos de cabecera de entregas y adquisiciones intracomunitarias, servicios B2B, casos de inversión del sujeto pasivo cuando el proveedor no está establecido, suministros de energía a un operador sujeto a tributación y operaciones de triangulación. Para evitar la fragmentación, un requisito de información digital armonizado a escala paneuropea incluirá una notificación de datos normalizada, lo que permitirá a las administraciones tributarias cotejar las operaciones en tiempo real y aumentar el cumplimiento normativo y la transparencia en materia de IVA en todos los Estados miembros.
Cabe destacar que el plazo de notificación se ha ampliado a 10 días respecto a la propuesta inicial de 2 días laborables tras la emisión de la factura electrónica. Cada Estado miembro podrá desarrollar libremente sus propios protocolos de notificación y especificaciones técnicas. Los Estados miembros también podrán eximir a los clientes de bienes o servicios de notificar la operación si pueden obtener garantías por otros medios. Además de la información ya exigida para los estados recapitulativos, se requerirá información adicional, incluidos los datos bancarios para que las administraciones tributarias puedan hacer seguimiento de los pagos, aunque se ha eliminado el requisito de la fecha de pago. Con la introducción del DRR, se suprimirá el actual listado recapitulativo de operaciones intracomunitarias (modelo 349 o ESL).
El antiguo VIES (Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA, la actual herramienta de validación de números de IVA de la UE) se retirará progresivamente en julio de 2032. Será sustituido por una nueva base de datos «VIES Central» gestionada por la Comisión Europea, diseñada para centralizar y mejorar los datos de las operaciones intracomunitarias. Esta nueva base de datos incluirá las operaciones del DRR, la información de identificación de los contribuyentes (incluidos los números de identificación a efectos del IVA) y se integrará con el Sistema de Vigilancia Aduanera y el Sistema Electrónico Central de Pagos (CESOP). Además, ofrecerá a los clientes transparencia sobre las operaciones intracomunitarias declaradas frente a sus números de IVA, posiblemente a través de un punto de acceso común de la Comisión Europea.
Los sujetos pasivos se beneficiarán de herramientas obligatorias para facilitar la transmisión de los datos de las facturas a las administraciones tributarias, ya sea de forma directa, a través de proveedores de servicios externos o mediante los portales públicos disponibles. Aunque no se establece a nivel de la UE ningún protocolo de notificación específico, lo que otorga a los Estados miembros cierta flexibilidad para adaptar su implementación, a partir del 1 de enero de 2035 los países con sistemas de notificación electrónica obligatoria ya existentes antes del 1 de enero de 2024 deberán alinearse con la norma paneuropea.
Otros pilares y novedades de ViDA
Más allá de la facturación electrónica y los Requisitos de Información Digital, ViDA introduce cambios clave en el paquete de comercio electrónico, reforzando de manera significativa el sistema de ventanilla única (OSS), que permite a las empresas que operan en varios países europeos presentar sus declaraciones de IVA desde una única ubicación, reduciendo notablemente la carga administrativa de gestionar el IVA en distintas jurisdicciones. Los primeros cambios de la OSS, que afectan principalmente a las entregas B2C, se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, con ampliaciones adicionales previstas para 2028. En línea con esto, también se actualizarán los umbrales de venta a distancia y se ampliará el ámbito de la OSS. Esto simplifica el cumplimiento normativo en materia de IVA para las empresas que operan en varios países de la UE, al permitirles presentar sus declaraciones de IVA desde una única ubicación.
Además, el pilar de la «economía de plataformas» introducirá nuevas obligaciones de IVA para las plataformas digitales (por ejemplo, Airbnb, Uber, etc.), que durante mucho tiempo han operado sin las mismas responsabilidades de IVA que las empresas tradicionales. ViDA les exigirá recaudar y remitir el IVA en determinadas transacciones, garantizando un sistema de IVA más justo y equitativo y promoviendo el cumplimiento normativo dentro de la economía de plataformas, que facilita grandes volúmenes de transacciones transfronterizas. Una fase voluntaria comienza en julio de 2028 para las plataformas de alquiler de vivienda y transporte compartido (proveedor asimilado), con aplicación obligatoria a partir de enero de 2030.
Estos cambios más amplios contribuyen a una revisión integral del sistema de IVA de la UE, mejorando la equidad y la eficiencia en la era digital.
Cómo ViDA combate el fraude del IVA
Uno de los objetivos principales de ViDA es combatir el fraude del IVA, especialmente el fraude carrusel y la evasión del IVA, mediante la facturación electrónica y el reporte electrónico. Al avanzar hacia un sistema de IVA digital, ViDA permite el reporte en tiempo real, lo que ayuda a las administraciones tributarias a detectar actividades sospechosas con mayor rapidez.
Medidas antifraude de ViDA:
Facturación electrónica: Las empresas deberán emitir facturas electrónicas estructuradas, que son más rápidas de procesar, más precisas y más fáciles de verificar para las administraciones tributarias.
Reporte electrónico: Las empresas estarán obligadas a transmitir los datos de las facturas a las administraciones tributarias casi en tiempo real, lo que permite una detección más rápida del fraude y mejora el cumplimiento general del IVA.
Ventanilla única (OSS): El refuerzo del sistema OSS simplifica el cumplimiento del IVA para las empresas transfronterizas. Esto reduce la carga administrativa y facilita el cumplimiento para las empresas, lo que a su vez minimiza los errores y reduce las oportunidades de fraude.
Obligaciones de la economía de plataformas: Al exigir a las plataformas digitales que recauden y remitan el IVA, ViDA cierra un vacío legal importante, evitando la evasión del IVA en la economía de plataformas y garantizando una competencia justa.
Al digitalizar y optimizar el sistema de IVA, ViDA crea un entorno más transparente y eficiente, dificultando que la actividad fraudulenta pase desapercibida.
Facturación electrónica y reporte electrónico: definiendo el futuro del IVA
Como hemos comentado, ViDA impone un cambio significativo hacia el IVA digital. A partir del 1 de julio de 2030, la facturación electrónica será obligatoria para las transacciones intracomunitarias, marcando un paso decisivo hacia un sistema de IVA de la UE más ágil y preciso.
Facturación electrónica: más que una simple factura digital
La facturación electrónica va más allá de la simple digitalización de facturas en papel. Implica facturas digitales estructuradas, a menudo en formato XML, que automatizan el procesamiento, minimizan los errores y garantizan el cumplimiento normativo. Esta es una tendencia que gana impulso a nivel mundial, con más países adoptando la facturación electrónica para mejorar la gestión del IVA.
Reporte electrónico: cumplimiento del IVA en tiempo real
El reporte electrónico lleva el cumplimiento del IVA un paso más allá, permitiendo a las empresas enviar los datos de las facturas a las administraciones tributarias casi en tiempo real. Esto proporciona a las administraciones tributarias la capacidad de analizar rápidamente las transacciones, detectar anomalías y mejorar el cumplimiento general del IVA en toda la UE.
Al situar la facturación electrónica y el reporte electrónico en el centro de ViDA, la UE está construyendo un marco de IVA más transparente, eficiente y seguro para la era digital.
Conclusión: un sistema de IVA más transparente y eficiente
Con ViDA, la UE está dando pasos significativos hacia la creación de un sistema de IVA más eficiente, transparente y resistente al fraude. Medidas clave como la facturación electrónica, el reporte electrónico y la ampliación de las obligaciones de IVA a las plataformas digitales ayudarán a mejorar la recaudación del IVA, reducir el fraude y simplificar el cumplimiento del IVA para las empresas de toda la UE.
A medida que ViDA avance, desempeñará un papel decisivo en la mejora del cumplimiento del IVA y en garantizar una fiscalidad más justa para todas las empresas que operan en la UE.
Danielle Kiener
Lead Key Account Manager, Banqup Group
Danielle has more than 15 years of experience in customer relationship management within invoicing and financial administration. She currently works in Geneva, supporting global customers at Banqup Group and helping multinational companies digitalise their processes. Over the years, she has been closely involved in the digital transformation of invoicing, including leading e-invoicing initiatives across the EMEA and Asia-Pacific regions for a major multinational. Her extensive experience means she’s always up to date on the latest e-invoicing regulations and changes around the world.
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