Este artículo se actualizó por última vez el 10 de julio de 2026 para incorporar la actualización oficial de los Países Bajos de julio de 2026 sobre la implementación del paquete ViDA.
El Ministerio de Hacienda neerlandés ha publicado una respuesta a un informe de EY sobre la implementación del ViDA relacionado con el pilar de facturación electrónica y declaración digital, que aporta una orientación más clara sobre las futuras obligaciones nacionales. EY comparó las obligaciones de facturación electrónica y declaración electrónica de distintos países de la UE, como Alemania, Francia, Bélgica, Irlanda, Italia y el Reino Unido. El informe detalla los costes y beneficios asociados a la implementación tanto de la facturación electrónica como de la declaración digital.
La recomendación es implementar una introducción por fases de la facturación electrónica y la declaración electrónica obligatorias para todas las transacciones B2B. Este enfoque aconseja adoptar Peppol como plataforma única tanto para la facturación electrónica como para la declaración digital, siempre que se cumplan determinadas condiciones. Es probable que el modelo se alinee estrechamente con el enfoque de Bélgica basado en Peppol. Aunque la detección del fraude no es el principal motor, las autoridades consideran la reforma como una forma de agilizar los procesos de cuentas por pagar y por cobrar y de reducir el esfuerzo administrativo y de auditoría.
ViDA
El Ministerio de Hacienda neerlandés se rige por la Directiva ViDA de la UE. La legislación ViDA tiene como objetivo mejorar la recaudación de impuestos, combatir el fraude y agilizar el cumplimiento normativo del IVA tanto para las empresas como para las administraciones tributarias mediante el uso estratégico de la tecnología. Toda factura electrónica debe cumplir con el formato EN16931. El informe de EY recomienda ViDA-B. Esta opción se alinea con otros Estados miembros de la UE y permite la creación de un estándar único. Es fundamental que ViDA-B exige el uso de la facturación electrónica e incluye un requisito de declaración para todas las entregas B2B nacionales.
Peppol como plataforma única
El Ministerio de Hacienda neerlandés ha seleccionado Peppol como plataforma tanto para la facturación electrónica como para la declaración digital, aunque esto sigue sujeto a condiciones específicas. Peppol, que ofrece escalabilidad e interoperabilidad a través de sus múltiples puntos de acceso, ya es obligatorio para la facturación de empresa a administración pública (B2G) en los Países Bajos. Además, la infraestructura necesaria ya está en marcha con la existencia de la Dutch Peppol Authority, una organización gubernamental dedicada a la plataforma. Se utilizaría el modelo de cuatro esquinas.
Hoja de ruta legislativa
Los Países Bajos han establecido una hoja de ruta legislativa clara. Tras la presentación de la “Memorando en respuesta al informe sobre la Ley de implementación de la Directiva del IVA en la era digital: registro único a efectos del IVA” (Nota naar aanleiding van het verslag Wet implementatie Richtlijn btw in het digitale tijdperk-enkele btw-registratie) y la “Memorando explicativo de la propuesta de modificación de la Ley de implementación de la Directiva del IVA en la era digital: registro único a efectos del IVA” (Nota van Wijziging Wet implementatie Richtlijn btw in het digitale tijdperk - enkele btw-registratie)” el 2 de julio de 2026, el Gobierno ha anunciado una consulta pública para el proyecto de ley sobre facturación electrónica y declaración digital transfronteriza prevista para otoño de 2026, y se espera que la ley formal llegue en verano de 2027.
En la misma actualización parlamentaria, el Gobierno incluyó aclaraciones técnicas sobre las normas neerlandesas de inversión del sujeto pasivo del IVA, garantizando específicamente que el artículo 12(4) de la Wet OB 1968 prevalezca sobre el artículo 12(3). Este nivel de detalle sugiere que el Ministerio está abordando de forma proactiva posibles conflictos legislativos en una fase temprana del proceso de redacción.
Una implementación por fases
En cuanto a la implementación real, que seguiría un enfoque por fases para evitar una transición brusca, la actualización parlamentaria de julio de 2026 confirmó que la fecha de entrada en vigor en toda la UE para la facturación electrónica y la declaración digital B2B transfronterizas se mantiene firme en el 1 de julio de 2030. Sin embargo, las fechas de implementación nacional siguen en fase de planificación. Los escenarios que circulan actualmente para las obligaciones nacionales de facturación electrónica B2B (incluidos los objetivos de 2030 y 2032) deben considerarse escenarios de la hoja de ruta y no ley definitiva, a la espera de nuevas medidas legislativas.
Para aclararlo, las siguientes fechas circulan actualmente como escenarios de planificación y no como ley definitiva:
1 de enero de 2030: introducción prevista de la facturación electrónica para las entregas nacionales (exclusivamente para empresas establecidas).
1 de julio de 2030: introducción de la facturación electrónica y la declaración digital para las entregas intracomunitarias y determinadas entregas con inversión del sujeto pasivo.
Entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2032: introducción prevista de un requisito de declaración digital para las entregas nacionales.
Contexto comparativo regional: Países Bajos frente a Bélgica
El enfoque neerlandés hacia ViDA se caracteriza por una hoja de ruta estructurada y basada en la consulta. Esto contrasta con mercados vecinos como Bélgica, que ya ha iniciado la transposición formal: desde mayo de 2026, el Consejo de Ministros belga ha iniciado formalmente la transposición de los artículos 2 y 4 de la Directiva (UE) 2025/516 al derecho nacional.
Mientras que los Países Bajos se centran en recabar la opinión del sector mediante las próximas consultas previstas para finales de 2026, Bélgica ya está avanzando en las normas sobre la OSS y el proveedor considerado/plataforma (con entrada en vigor en enero de 2027). Esto indica un panorama de cumplimiento escalonado: las entidades neerlandesas cuentan con un plazo definido para la consulta y la estrategia, mientras que las entidades que operan en Bélgica ya deben tener en cuenta una ley nacional inminente y técnicamente vinculante.
Esto pone de relieve una clara distinción: mientras que Bélgica ya está pasando de la directiva a la ley nacional, los Países Bajos ofrecen a los actores del sector un período específico para la consulta y la aportación de comentarios antes de fijar la legislación definitiva.
De cara al futuro
Las empresas deberán emitir las facturas electrónicas en un plazo de 10 días, cumplir con la norma EN16931 y enviar los datos de las transacciones de forma digital y casi en tiempo real. Es fundamental que las empresas evalúen cuanto antes el impacto en sus procesos actuales, seleccionen las soluciones de facturación electrónica adecuadas y consulten con asesores desde el principio para garantizar el cumplimiento normativo y aprovechar las posibles mejoras de eficiencia. El Ministerio de Hacienda neerlandés también está siguiendo el desarrollo del monedero empresarial europeo que podría utilizarse para facilitar la facturación electrónica.
Conclusión
El futuro para las empresas neerlandesas está claro: la facturación electrónica ya no es una mejora digital «opcional». Se está convirtiendo rápidamente en un pilar del marco fiscal moderno. Con el calendario legislativo neerlandés ya aclarado —que incluye una consulta pública en otoño de 2026 y una ley prevista para el verano de 2027—, las empresas cuentan con un plazo definido para evaluar sus sistemas.
A diferencia de la rápida transposición observada en mercados como Bélgica, el enfoque neerlandés ofrece un plazo específico para la participación del sector. La prioridad para las empresas ya no es la preparación teórica, sino alinear sus estrategias financieras con estos hitos concretos que se avecinan.
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Autora: Naomie Shen
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